DECRETO LEY N° 14
(Publicado en el Diario Oficial N° 28.655, de 20 de Septiembre de 1973)
MINISTERIO DEL INTERIOR
FIJA DISPOSICIONES POR LAS QUE SE REGIRAN LOS MINISTERIOS DE INTERIOR Y DEFENSA NACIONAL PARA LOS CASOS QUE SEÑALADecreto ley N° 14.- Santiago. 17 de Septiembre de 1973.- Considerando:
1°- Que en los artículos 373 y 374 del Código Penal y en los artículos 20 y siguientes de la ley N° 16.643, de 3 de Agosto de 1967, y sus modificaciones, sobre abusos de publicidad, se establece y sanciona el ultraje a las buenas costumbres, especialmente a través de cualesquiera de los medios de difusión indicados en el artículo 16 de la referida ley N° 16.643:
2°- Que no obstante la frecuencia en la comisión del delito, no se ha dado el debido cumplimiento a lo prescrito en las disposiciones legales antes referidas en cuanto a la denuncia y pesquisa, de las pertinentes infracciones:
Que existe la imperiosa necesidad de restaurar los valores del patrimonio moral y ético de la sociedad chilena, seriamente quebrantados, y Visto:
Lo dispuesto en el decreto ley N° 1. de 11 de Septiembre de 1973. la Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguienteDecreto ley:
Artículo 1°- En los casos de delitos flagrantes de ultraje a las buenas costumbres, la Fuerza Pública recogerá en el acto y sin más trámite los escritos, impresos, carteles, afiches y cualquier otro medio que haya servido para cometer el delito, sin perjuicio de la posterior denuncia al juez competente y la puesta a su disposición de los elementos recogidos.
Artículo 2°- Los Ministerios del Interior y de Defensa Nacional impartirán las instrucciones pertinentes para, asegurar el más pronto y severo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en los Boletines Oficiales del Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros de Chile, Investigaciones y en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la junta de Gobierno.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en jefe de la Armada. -GUSTAVO LEIGH GUZNIAN, General del Aire, Comandante en jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- PATRICIO CARVA°AL PRADO, Vicealmirante, Ministro de Defensa Nacional, OSCAR BONILLA BRADANOVIC, General de División, Ministro del Interior.